Artículo 72. Es cualificado de estado peligroso la tendencia particular de una persona que comete delitos, que es demostrada por una conducta en contradicción manifiesta con las normas de la moral s… more →
cubawebsamiradecuba wrote 6 months ago: Artículo 72. Es cualificado de estado peligroso la tendencia particular de una persona que comete d … more →